martes, 17 de noviembre de 2009

Jornada escolar

Significado de la palabra JORNADA, en inglés y en francés.
Francés: une journée
Inglés: day


Porcentajes de centros con cada tipo de jornadas escolar (Andalucía)
Educación infantil y primaria
JORNADA CONTINUA – SÓLO DE MAÑANA
Canarias (100%), Extremadura (100%), Ceuta (100%), Murcia (99%), Baleares (86%),
Andalucía (80%), Asturias (80%), Castilla-La Mancha (78%) y Galicia (60%).
JORNADA PARTIDA – MAÑANA Y TARDE
Aragón (100%), Cataluña (100%), Comunidad Valenciana (100%), Navarra (97%),
Euskadi (95%), Cantabria (84%), Madrid (82%), La Rioja (62%) y Castilla y León (60%).


Educación secundaria obligatoria (ESO)
JORNADA CONTINUA – SÓLO DE MAÑANA
Canarias (100%), Extremadura (100%), Murcia (100%), Baleares (100%), Andalucía
(100%), Asturias (100%), Castilla-La Mancha (100%), Galicia (100%), Madrid (100%),
Castilla y León (100%), La Rioja (100%), Cantabria (100%), Ceuta (100%), Aragón
(100%), Navarra (97%), Euskadi (95%), Comunidad Valenciana (80%).
JORNADA MIXTA – MAÑANA Y TRES TARDES LECTIVAS
Cataluña (100%).

Bachillerato
JORNADA CONTINUA – SÓLO DE MAÑANA
100% en todo el Estado.
1. Porcentaje de alumnado que estudia con cada modelo de jornada escolar.
Estimación de la Confederación de APAS de Andalucía (CODAPA)
Infantil y Primaria. Jornada continua, 80%. Jornada mixta, 3%. Jornada partida, 17%.
ESO. Jornada continua, 100%
Bachillerato. Jornada continua, 100%.
2. Actividades extraescolares en los centros con jornada continua.
El Plan de Apertura de Centros Escolares de Andalucía entró en vigor en el 2002-2003, alcanza al 94% de los centros educativos públicos, y comprende:
- Actividades extraescolares. Coste para las familias de 15 euros al mes, y con posibilidad de ser financiado por la consejería de Educación hasta el 100%.
- Aula matinal. Incluye un desayuno y distintas actividades desde las 7.30 hasta las
9.00, y su coste para las familias de 15 euros al mes, y con posibilidad de ser financiado por la consejería de Educación hasta el 100%. Funciona en Infantil y
Primaria.
- Comedor escolar. Realizadas por la tarde, y cuyo coste para las familias es de 4,50 euros por alumno-día, y con posibilidad de ser financiado por la consejería de
Educación hasta el 100%.
La Confederación de APAS de Andalucía (CODAPA) cifra la participación del alumnado de Primaria en las actividades extraescolares de tarde en el 70% y en
Secundaria del 45%.
Por otro lado, la Consejería de Educación desarrolla el Programa de Deporte Escolar en
Andalucía, que contempla la realización de actividades deportivas individuales y colectivas por la tarde, y que es totalmente gratuito.
El Programa de Apertura de Centros y el Programa Deporte en la Escuela son gestionados o bien directamente por las APAS (caso de la provincia de Málaga), o bien por empresas privadas. Tanto APAS como empresas reciben el dinero del IFE, ente público de infraestructuras y servicios complementarios que gestiona estos programas.
3. Duración de las clases en los centros con jornada continua. 60 minutos.
4. Valoración de las federaciones de padres y madres del alumnado.
Aunque CODAPA se muestra satisfecha con el desarrollo del Plan de Apertura de
Centros de Andalucía, sigue pensando que la jornada continua no es la que más beneficia al alumnado y considera que no se debe confundir la jornada laboral del profesorado, con la escolar del alumnado, y con la de la apertura del centro escolar.
Esta confederación cree que hay que hacer un análisis serio sobre qué es lo que tiene mejorar en el sistema educativo y plantear una reforma de los tiempos escolares para mejorar la calidad del sistema educativo público. CODAPA cree que en muchos centros educativos de zonas rurales es muy difícil lograr una elevada participación en las actividades extraescolares por la tarde, porque el alumnado se tiene que trasladar a cierta distancia, y por lo tanto allí habrá que mantener la jornada partida.

sábado, 14 de noviembre de 2009

Información sobre los Organigramas

LOS ORGANIGRAMAS
Inicialmente se analizarán las definiciones de los tratadistas más prestigiados, así como de los más recientes, a fin de concluir con la definición más propia de los autores:
Franklin Benjamín. Un organigrama es la representación gráfica de la estructura orgánica de una institución o de una de sus áreas o unidades administrativas, en las que se muestran las relaciones que guardan entre sí los órganos que la componen.
Gómez Ceja, Guillermo. Es la gráfica que muestra la estructura orgánica interna de la organización formal de una empresa, sus relaciones, sus niveles de jerarquía, y las principales funciones que desarrollan.
Koontz, Harold. Toda estructura organizacional, incluso una deficiente, se puede representar en forma gráfica puesto que un diagrama simplemente señala las relaciones entre los departamentos a lo largo de las líneas principales de autoridad.
Munch Galindo y García Martínez. Los organigramas son representaciones gráficas de la estructura formal de una organización, que muestran las interrelaciones, las funciones, los niveles jerárquicos, las obligaciones y la autoridad, existentes dentro de ella.
Reyes Ponce, Agustín. Los sistemas de organización se representan en forma intuitiva y con objetividad en los llamados organigramas, conocidos también como Cartas o Gráficas de Organización.
Utilidad:
Los organigramas son útiles instrumentos de organización, puesto que nos proporcionan una imagen formal de la organización, facilitando el conocimiento de la misma y constituyendo una fuente de consulta oficial; algunas de las principales razones por las que los organigramas se consideran de gran utilidad, son:
• Representan un elemento técnico valiosos para el análisis organizacional.
• La división de funciones.
• Los niveles jerárquicos.
• Las líneas de autoridad y responsabilidad.
• Los canales formales de la comunicación.
• La naturaleza lineal o asesoramiento del departamento.
• Los jefes de cada grupo de empleados, trabajadores, etc.
• Las relaciones que existen entre los diversos puestos de la empresa en cada departamento o sección de la misma.
Ventajas:
Entre las principales ventajas que proporciona el uso de organigramas, podemos mencionar las siguientes:
• Obliga a sus autores a aclarar sus ideas.
• Puede apreciarse a simple vista la estructura general y las relaciones de trabajo en la compañía, mejor de lo que podría hacerse por medio de una larga descripción.
• Muestra quién depende de quién.
• Indica algunas de las peculiaridades importantes de la estructura de una compañía, sus puntos fuertes y débiles.
• Sirve como historia de los cambios, instrumento de enseñanza y medio de información al público acerca de las relaciones de trabajo de la compañía.
• Se utiliza como guía para planear una expansión, al estudiar los cambios que se propongan en la reorganización, al hacer planes a corto y largo plazo, y al formular el plan ideal.
Desventajas
Algunos funcionarios de empresas justifican el no usar organigramas dentro de su organización debido a que el organigrama tiende a exacerbar en las personas el sentimiento de ser superiores o inferiores, a destruir el espíritu de trabajo en equipo y a dar a las personas que ocupan un cuadro en el mismo, una sensación demasiado grande de "propiedad". Pero como ya se menciono anteriormente, esto no es más que un pretexto.
Sin embargo, los organigramas presentan importantes limitaciones:
• Sólo muestra las relaciones de autoridad formales pero omite un cúmulo de relaciones informales e informales significativas.
• Se señalan las principales relaciones de línea o formales más no indica cuánta autoridad existe en cualquier punto de la estructura.
• Muchos organigramas muestran las estructuras como se supone que deben ser, o solían ser, y no cómo son en realidad. Los administradores olvidan que las organizaciones son dinámicas y que las gráficas deben rediseñarse.
Criterios fundamentales para su preparación:
Los organigramas deben ser muy claros; se recomienda que no contengan un número excesivo de cuadros y puestos; no deben comprender ordinariamente a los trabajadores o empleados, lo más frecuente es hacerlos del Director o Gerente General y terminarlos con los jefes o supervisores del último nivel. Los organigramas deben contener nombres de funciones y no de personas; cuando se desea que estos últimos figuren, conviene colocar dentro del mismo cuadro, con una letra mayor el nombre del puesto y con letra menor el nombre de la persona que lo ocupe. Los organigramas no pueden representar un número muy grande de elementos de organización. Los colores, líneas gruesas, etc., los hace confusos.
El organigrama debe contener principalmente los siguientes datos:
• Títulos de descripción condensada de las actividades.
• Nombre del funcionario que formuló las cartas.
• Fecha de formulación.
• Aprobación (del presidente, vicepresidente ejecutivo, etc.)
• Leyenda, (explicación de líneas y símbolos especiales).
Los organigramas serán departamentales; se usará el formato vertical en el que las líneas de autoridad van de arriba hacia abajo. Los puestos se agruparán por secciones, que serán las divisiones de la oficina. Cada puesto se indicará con su rectángulo, que llevará adentro el nombre del puesto. Las oficinas o secciones se indicarán por medio de dos líneas horizontales paralelas, que llevarán en medio el nombre de la oficina o sección. En la parte superior del organigrama, va el nombre de la Institución seguido del nombre del departamento y el título del organigrama; así como en el ángulo superior derecho, la fecha de elaboración.
Entre las técnicas reales para la elaboración de un organigrama se deben considerar:
Información sobre unidades:
• El primer dato a obtener será el número de personas que trabajan en la institución. Ésta será una cifra de control.
• Un segundo dato será el número de niveles, partiendo del órgano en que radique la autoridad total y los órganos que comprenden cada nivel.
• Se investigarán los puestos que corresponden a cada órgano y las plazas que comprenden cada puesto.
Información sobre relaciones:
Debe precisarse con cuales otros órganos y qué tipo de relaciones tienen cada uno de los órganos de cada uno de los niveles de la estructura administrativa.
Información sobre funciones o labores:
Para el caso de elaborar organigramas funcionales, se requiere información sobre las funciones o labores que realice cada una de las unidades que vayan a quedar representadas en el organigrama.
¿Organización futura o actual?
La elaboración de un organigrama puede deberse a dos situaciones:
• Planeación de una organización nueva.
• Representación de una organización existente.
Planeación de la organización:
En el caso de planeación de una organización nueva, las únicas fuentes de información las constituyen los estudios y proyectos realizados.
Fuentes de información:
En el caso de una organización existente, las fuentes de información pueden ser:
• Los archivos de la institución,
• Los empleados y funcionarios,
C) Los locales de oficinas y talleres en donde se realiza el trabajo.
Métodos de recolección de datos:
• Investigación documental (a través de leyes, reglamentos, reformas, boletines, etc.).
• Cuestionarios escritos.
• Entrevistas con jefes y empleados.
• Observación directa de los locales en donde se desarrolla el trabajo (se observa de las oficinas y talleres donde se labora)
NOTA: Lo ideal es usar una combinación de los cuatro.
Registro de datos:
Los datos recogidos deberán quedar registrados de tal manera que permitan su análisis, y su tabulación en su caso.
Análisis de datos:
La información recogida debe ser sometida a un procedimiento de análisis e interpretación. Analizada, interpretada y confirmada toda la información, se está en condiciones de proceder a la elaboración del organigrama.
Clasificación:
Los organigramas se pueden clasificar dentro de dos grandes grupos de acuerdo a diferentes criterios que son: por su ámbito y por su presentación.
POR SU ÁMBITO:
Generales: Presentan toda la organización y sus interrelaciones; se llaman también carta maestra.
Específicos: Representan la organización de un departamento o sección de una empresa.
POR SU PRESENTACIÓN:
Verticales: En los organigramas verticales, cada puesto subordinado a otro se representa por cuadros en un nivel inferior, ligados a aquel por líneas que representan la comunicación de responsabilidad y autoridad. De cada cuadro del segundo nivel se sacan líneas que indican la comunicación de autoridad y responsabilidad a los puestos que dependen de él y así sucesivamente.
Algunos autores acostumbran poner la margen, en la altura correspondiente, la clase de nivel administrativo: alta administración, administración intermedia, administración inferior. A veces separan estos niveles jerárquicos con líneas punteadas. Son los más usados.
Horizontales: Representan los mismos elementos del organigrama anterior y en la misma forma, sólo que comenzando el nivel máximo jerárquico a la izquierda y haciéndose los demás niveles sucesivamente hacia la derecha. Son muy pocos usados.
Mixtos: La presentación utiliza combinaciones verticales y horizontales con el objeto de ampliar las posibilidades de gratificación. Se recomienda su utilización en el caso de organizaciones con un gran número de unidades en la base.
Organigrama circular: Formados por un cuadro central, que corresponde a la autoridad máxima en la empresa, a cuyo derredor se trazan círculos concéntricos, cada uno de los cuales constituye un nivel de organización. En cada uno de esos círculos se coloca a los jefes inmediatos, y se les liga con líneas, que representan los canales de autoridad y responsabilidad.
Diseño:
Figuras usadas en los organigramas:
Las unidades administrativas se representan por rectángulos y las relaciones por líneas. Los organigramas estructurales consisten en cierto número de rectángulos que representan personas, puestos u otras unidades, los que están colocados y conectados por líneas, las cuáles indican la cadena de mando (la jerarquía de los empleados); de tal manera pueden expresar grados de autoridad y responsabilidad y clase de la relación que los liga.
Los organigramas funcionales incluyen, además, un texto que expresa las principales funciones o labores de las unidades.
Las etiquetas o descripciones de los rectángulos indican las diferentes funciones o áreas de responsabilidad. La gráfica indica no sólo a los gerentes y subordinados individuales, sino también toda la jerarquía gerencial. Todos los empleados que están bajo las órdenes de un mismo individuo se encuentran en un idéntico nivel gerencial, sin importar el sitio del organigrama donde aparezcan.
Representación de las unidades:
Para representación de las unidades conviene usar siempre rectángulos. No es recomendable el uso de círculos, rombos, elipses u otras figuras geométricas que hacen más difícil la comprensión del organigrama. No es necesario hacer unos rectángulos más grandes que otros para destacar la importancia de alguna unidad. Ésta se la da su colocación en el organigrama y su relación con las demás unidades.
En el diagrama, además de anotar el nombre del órgano dentro del rectángulo que lo represente, conviene que esté identificado con un número. En caso de que no quepa el nombre completo en el rectángulo, se abreviará y se escribirá completo al pie del diagrama.
Forma:
Como regla general se debe usar un solo tipo de figura para simbolizar cada elemento integrante del organigrama. Además, en función de la facilidad para su lectura, se recomienda que los textos aparezcan horizontalmente, así como utilizar rectángulos para representar las unidades.
Dimensión:
Los rectángulos que forman parte de un organigrama deben ser de dimensiones semejantes.
Ordenamiento:
La disposición de las unidades en el organigrama debe ordenarse de acuerdo con los diferentes niveles jerárquicos que existan en la organización, los cuales varían según su naturaleza, funciones, sector, ámbito, contenido y presentación.
En la administración central o el sector público por lo general estos niveles son:
Primer nivel (Secretario)
Segundo nivel (Subsecretario)
Tercer nivel (Oficial mayor)
Cuarto nivel (Dirección general)
Quinto nivel (Dirección de área)
Sexto nivel (Subdirección de área)
Séptimo nivel (Departamento)
Octavo nivel (Oficina)
Noveno nivel (Sección)
Décimo nivel (Mesa)

El director, jefe de estudios...

¿Quién integra el Equipo Directivo en los centros públicos?

1. El equipo directivo, órgano ejecutivo de gobierno de los centros públicos, estará integrado por el director, el jefe de estudios, el secretario y cuantos determinen las Administraciones.

2. El equipo directivo trabajará de forma coordinada en el desempeño de sus funciones, conforme a las instrucciones del director y las funciones específicas legalmente establecidas.

3. El director, previa comunicación al Claustro de profesores y al Consejo Escolar, formulará propuesta de nombramiento y cese a la Administración educativa de los cargos de jefe de estudios y secretario de entre los profesores con destino en dicho centro.

4. Todos los miembros del equipo directivo cesarán en sus funciones al término de su mandato o cuando se produzca el cese del director.
5. Las Administraciones educativas favorecerán el ejercicio de la función directiva en los centros docentes, mediante la adopción de medidas que permitan mejorar la actuación de los equipos directivos en relación con el personal y los recursos materiales y mediante la organización de programas y cursos de formación.


¿Cuáles son las competencias del Director?

a) Ostentar la representación del centro, representar a la Administración educativa en el mismo y hacerle llegar a ésta los planteamientos, aspiraciones y necesidades de la comunidad educativa.
b) Dirigir y coordinar todas las actividades del centro, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Claustro de profesores y al Consejo Escolar.
c) Ejercer la dirección pedagógica, promover la innovación educativa e impulsar planes para la consecución de los objetivos del proyecto educativo del centro.
d) Garantizar el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones vigentes.
e) Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al centro.

f) Favorecer la convivencia en el centro, garantizar la mediación en la resolución de los conflictos e imponer las medidas disciplinarias que correspondan a los alumnos, en cumplimiento de la normativa vigente sin perjuicio de las competencias atribuidas al Consejo Escolar en el artícu¬lo 127 de esta Ley. A tal fin, se promoverá la agilización de los procedimientos para la resolución de los conflictos en los centros.

g) Impulsar la colaboración con las familias, con instituciones y con organismos que faciliten la relación del centro con el entorno, y fomentar un clima escolar que favorezca el estudio y el desarrollo de cuantas actuaciones propicien una formación integral en conocimientos y valores de los alumnos.
h) Impulsar las evaluaciones internas del centro y colaborar en las evaluaciones externas y en la evaluación del profesorado.
i) Convocar y presidir los actos académicos y las sesiones del Consejo Escolar y del Claustro de profesores del centro y ejecutar los acuerdos adoptados en el ámbito de sus competencias.

j) Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros, así como autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del centro, ordenar los pagos y visar las certificaciones y documentos oficiales del centro, todo ello de acuerdo con lo que establezcan las Administraciones educativas.
k) Proponer a la Administración educativa el nombramiento y cese de los miembros del equipo directivo, previa información al Claustro de profesores y al Consejo Escolar del centro.

l) Cualesquiera otras que le sean encomendadas por la Administración educativa.


¿Cómo se elige al Director de los colegios públicos?
1. La selección del director se realizará mediante un proceso en el que participen la comunidad educativa y la Administración educativa. Dicho proceso debe permitir seleccionar a los candidatos más idóneos profesionalmente y que obtengan el mayor apoyo de la comunidad educativa.
2. La selección y nombramiento de directores de los centros públicos se efectuará mediante concurso de méritos entre profesores funcionarios de carrera que impartan alguna de las enseñanzas encomendadas al centro.
3. La selección se realizará de conformidad con los principios de igualdad, publicidad, mérito y capacidad.


¿Cuáles son los requisitos para presentarse a Director?

a) Tener una antigüedad de al menos cinco años como funcionario de carrera en la función pública docente.
b) Haber impartido docencia directa como funcionario de carrera, durante un periodo de igual duración, en alguna de las enseñanzas de las que ofrece el centro a que se opta.
c) Estar prestando servicios en un centro público, en alguna de las enseñanzas de las del centro al que se opta, con una antigüedad en el mismo de al menos un curso completo al publicarse la convocatoria, en el ámbito de la Administración educativa convocante.
d) Presentar un proyecto de dirección que incluya, entre otros, los objetivos, las líneas de actuación y la evaluación del mismo.


¿Cómo se selecciona al Director?
1. Para la selección de los directores en los centros públicos, las Administraciones educativas convocarán concurso de méritos y establecerán los criterios objetivos y el procedimiento de valoración de los méritos del candidato y del proyecto presentado.

2. La selección será realizada en el centro por una Comisión constituida por representantes de la Administración educativa y del centro correspondiente.

3. Corresponde a las Administraciones educativas determinar el número total de vocales de las comisiones. Al menos un tercio de los miembros de la comisión será profesorado elegido por el Claustro y otro tercio será elegido por y entre los miembros del Consejo Escolar que no son profesores.

4. La selección del director, que tendrá en cuenta la valoración objetiva de los méritos académicos y profesionales acreditados por los aspirantes y la valoración del proyecto de dirección, será decidida democráticamente por los miembros de la Comisión, de acuerdo con los criterios establecidos por las Administraciones educativas.

5. La selección se realizará considerando, primero, las candidaturas de profesores del centro, que tendrán preferencia. En ausencia de candidatos del centro o cuando éstos no hayan sido seleccionados, la Comisión valorará las candidaturas de profesores de otros centros.


¿Cómo se nombra al Director?

1. Los aspirantes seleccionados deberán superar un programa de formación inicial, organizado por las Administraciones educativas. Los aspirantes seleccionados que acrediten una experiencia de al menos dos años en la función directiva estarán exentos de la realización del programa de formación inicial.
2. La Administración educativa nombrará director del centro que corresponda, por un periodo de cuatro años, al aspirante que haya superado este programa.
3. El nombramiento de los directores podrá renovarse, por periodos de igual duración, previa evaluación positiva del trabajo desarrollado al final de los mismos. Los criterios y procedimientos de esta evaluación serán públicos. Las Administraciones educativas podrán fijar un límite máximo para la renovación de los mandatos.


¿Cuándo cesa el Director?

a) Finalización del periodo para el que fue nombrado y, en su caso, de la prórroga del mismo.
b) Renuncia motivada aceptada por la Administración educativa.
c) Incapacidad física o psíquica sobrevenida.
d) Revocación motivada, por la Administración educativa competente, a iniciativa propia o a propuesta motivada del Consejo Escolar, por incumplimiento grave de las funciones inherentes al cargo de director. En todo caso, la resolución de revocación se emitirá tras la instrucción de un expediente contradictorio, previa audiencia al interesado y oído el Consejo Escolar.


Reconocimiento de la función directiva
1.El ejercicio de cargos directivos, y en especial del cargo de director, será retribuido de forma diferenciada, en consideración a la responsabilidad y dedicación exigidas, de acuerdo con las cuantías que para los complementos establecidos al efecto fijen las Administraciones educativas.
2. Asimismo, el ejercicio de cargos directivos, y, en todo caso, del cargo de director será especialmente valorado a los efectos de la provisión de puestos de trabajo en la función pública docente.
3. Los directores serán evaluados al final de su mandato. Los que obtuvieren evaluación positiva, obtendrán un reconocimiento personal y profesional en los términos que establezcan las Administraciones educativas.
4. Los directores de los centros públicos que hayan ejercido su cargo con valoración positiva durante el periodo de tiempo que cada Administración educativa determine, mantendrán, mientras permanezcan en situación de activo, la percepción de una parte del complemento retributivo correspondiente en la proporción, condiciones y requisitos que determinen las Administraciones educativas.


Competencias del Jefe de Estudios. Son competencias del Jefe de Estudios:
a) Ejercer, por delegación del Director y bajo su autoridad, la jefatura del personal docente en todo lo relativo al régimen académico y controlar la asistencia al trabajo del mismo.
b) Sustituir al Director en caso de ausencia o enfermedad.
c) Coordinar las actividades de carácter académico y de orientación, incluidas las derivadas de la coordinación con el Instituto de Educación Secundaria al que se encuentre adscrito el Centro. d) Promover la realización de actividades extraescolares en colaboración con el Ayuntamiento y otras Instituciones del entorno, dentro del marco del Proyecto de Centro y en coherencia con las Finalidades Educativas.
e) Coordinar la realización de las actividades complementarias y extraescolares en colaboración con los Coordinadores de ciclo, las Asociaciones de Padres de Alumnos y el representante del Ayuntamiento en el Consejo Escolar.
f) Elaborar, en colaboración con los restantes órganos unipersonales, el horario general del Centro, los horarios académicos del alumnado y de los maestros y maestras, de acuerdo con los criterios incluidos en el Plan Anual de Centro, así como velar por su estricto cumplimiento.
g) Coordinar las actividades de los Coordinadores de ciclo.
h) Coordinar y dirigir la acción de los tutores conforme el plan de acción tutorial.
i) Coordinar la realización de las actividades de perfeccionamiento del profesorado que, de acuerdo con el plan de formación, organice el Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica.
j) Organizar los actos académicos.
k) Fomentar la participación de los distintos sectores de la comunidad educativa, especialmente en lo que se refiere al alumnado, facilitando y orientando su organización.
l) Organizar la atención y el cuidado del alumnado en los períodos de recreo y en otras actividades no lectivas.
m) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la normativa vigente y por el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Centro.


Competencias del secretario
Son competencias del Secretario:

a)Ordenar el régimen administrativo del Centro, de conformidad con las directrices del Director

b) Actuar como secretario de los órganos colegiados de gobierno del Centro,
levantar acta de las sesiones y dar fe de los acuerdos con el visto bueno
del Director.

c) Custodiar los libros oficiales y archivos del Centro.

d) Expedir, con el visto bueno del Director, las certificaciones que
soliciten las autoridades y los interesados.

e) Realizar el inventario general del Centro y mantenerlo actualizado.

f) Adquirir el material y el equipamiento del Centro, custodiar, coordinar y
gestionar la utilización del mismo y velar por su mantenimiento en todos los
aspectos, de acuerdo con la normativa vigente y las indicaciones del
Director.

g) Ejercer, por delegación del Director y bajo su autoridad, la jefatura del
personal de administración y servicios adscrito al Centro y controlar la
asistencia al trabajo del mismo.

h) Elaborar, en colaboración con los restantes órganos unipersonales, el
horario del personal de administración y servicios, así como velar por su
estricto cumplimiento.

i) Elaborar el anteproyecto de presupuesto de ingresos y gastos del Centro.

j) Ordenar el régimen económico del Centro, de conformidad con las
instrucciones del Director, realizar la contabilidad y rendir cuentas ante
las autoridades correspondientes.

k) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la normativa vigente y por
el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Centro.



Asociación de Madres y Padres de Alumnos
Las Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos son, en España, entidades de derecho privado cuyo objetivo fundamental es la representación de los intereses de los padres, madres o tutores legales de los alumnos de centros educativos.
Estas asociaciones son conocidas en España como APAs o AMPAs
Las AMPAs con intereses similares se pueden unir en federaciones o confederaciones que permiten la presencia de la opinión de los padres y madres ante las autoridades correspondientes.

Informe Pisa

El Informe del Programa Internacional para la Evaluación de Estudiantes o Informe PISA por sus siglas en inglés (Programme for International Student Assessment) y en francés (Programme international pour le suivi des acquis des élèves) se basa en el análisis del rendimiento de estudiantes a partir de unos exámenes mundiales que se realizan cada tres años y que tienen como fin la valoración internacional de los alumnos. Este informe es llevado a cabo por la OCDE, que se encarga de la realización de pruebas estandarizadas a estudiantes de 15 años. En el informe realizado en 2006 participaron 62 países, y en cada país fueron examinados entre 4500 y 10.000 estudiantes.

Concepto

PISA se diferencia de los programas de evaluación de estudiantes anteriores por sus siguientes características:

  • El Informe PISA se realiza por encargo de los gobiernos y sus instituciones educativas.
  • El Informe PISA debe llevarse a cabo regularmente en un intervalo constante (ahora cada 3 años)
  • PISA examina a estudiantes de una determinada edad y no de un nivel escolar específico.
  • PISA no se concentra en una sola materia escolar, sino que revisa las tres áreas de: competencia de lectura, matemáticas y ciencias naturales.
  • Los problemas por resolver deben ser presentados en contextos personales o culturales relevantes.
  • PISA no analiza los programas escolares nacionales, sino que revisa los conocimientos, las aptitudes y las competencias que son relevantes para el bienestar personal, social y económico (OECD 1999). Para ello no se mide el conocimiento escolar como tal, sino la capacidad de los estudiantes de poder entender y resolver problemas auténticos a partir de la aplicación de conocimientos de cada una de las áreas principales de PISA.
  • La finalidad de PISA no es sólo describir la situación de la educación escolar en los países, sino también promover el mejoramiento de la misma.

Cada estudio PISA cubre las tres áreas principales de competencia de lectura, matemáticas y ciencias naturales, aunque en cada ocasión revisa una de éstas con mayor profundidad que las otras dos. De esta forma, en el 2000 se examinó con más detenimiento la competencia de lectura, en el 2003 las matemáticas y en el 2006 las ciencias naturales. Debido al intervalo de 3 años que existe entre cada realización de pruebas, este ciclo se repite cada 9 años.

Con cada prueba se revisa igualmente otro tema relacionado con la educación. Así se revisaron en el 2000 las estrategias de estudio, en el 2003 la solución de problemas y en el 2006 la formación básica de técnicas de información.

Realización y evaluación

PISA se realiza por encargo de la OCDE y con cooperación de diversas comisiones asesoras de un consorcio de la industria examinadora. En los países participantes colaboran también centros nacionales relacionados con la educación.

El examen incluye una sesión cognitiva con una duración de 2 horas y una sesión de cuestionarios con una duración aproximada de 1 hora. En el examen cognitivo no todos los estudiantes resuelven los mismos problemas.

Las soluciones de los estudiantes se registran digitalmente y se envían al centro del proyecto internacional en Australia, donde se evalúan. Ahí, las preguntas y los problemas se califican como “correctos” o “incorrectos”. Según la cantidad de estudiantes que hayan respondido un problema de forma “correcta” se define la “dificultad” del problema. Dependiendo también de la cantidad de problemas que haya resuelto un estudiante, se reconoce un margen de valores de competencia “plausibles” en el mismo. Después se establecen las escalas de dificultad y de competencia, de forma que el puntaje promedio dentro de los estados de la OCDE sea de 500 y el desvío sea de aproximadamente 100.

En una segunda etapa se evalúa la distribución estadística de las competencias de los estudiantes en los países participantes o en poblaciones específicas.

Resultados cuantitativos

PISA mide el rendimiento de los estudiantes en puntos a partir de una escala arbitraria. Por esta razón, el puntaje solamente puede ser interpretado una vez que se revise en un contexto determinado, lo cual sucede generalmente en la comparación entre distintos países. Por esto, los informes de la OCDE se presentan generalmente en forma de listas de países o escalafones.

martes, 3 de noviembre de 2009